ARRAIGO PARA
LA FORMACIÓN

Permite conseguir un permiso de residencia legal válido por un período de 12 meses a aquellas personas migrantes que lleven 2 años en España y quieran obtener una formación que les ayude a insertarse laboralmente.

Es una medida muy interesante porque agiliza la incorporación de extranjeros al mercado laboral y permite cubrir puestos para los que existe falta de mano de obra. 

El arraigo por formación se ha convertido en una vía para que las personas en situación irregular en España puedan conseguir sus papeles y una autorización para formarse en ocupaciones en las que se precisa personal.

¿Quién puede solicitar arraigo para la formación?

La persona que lo requiera debe cumplir con:

  • Permanencia continuada de 2 años en España. Las ausencias de España no podrán superar los 120 días en un periodo de 3 años, o 90 días en un periodo de 2 años.
  • No tener antecedentes penales en su país de residencia en los últimos 5 años anteriores a su entrada en España, ni tener condenas por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No ser ciudadano de la Unión Europea.
  • Compromiso para hacer una formación presencial.
  • Comprometerse a realizar una formación reglada para el empleo.

Esta autorización se podrá renovar una vez por 12 meses más, en el supuesto de que la formación sea de una duración superior a 12 meses. Y si después de cursar la formación, no consigue superar con aprovechamiento la formación comprometida, y acredita haberse matriculado de nuevo en los mismos estudios, con el objetivo de finalizarlos adecuadamente.

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